Condenan a una prepaga a reintegrar aumentos indebidos cobrados a afiliados

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lunes, 5 de mayo de 2025

Condenan a una prepaga a reintegrar aumentos indebidos cobrados a afiliados


En un revés judicial de gran relevancia para el sector de la medicina prepaga, la empresa Medicus fue condenada a devolver a sus afiliados sumas cobradas de forma indebida. El fallo, difundido por la propia compañía en sus redes sociales, ordena el reintegro de sobreprecios aplicados en las cuotas hace más de una década, los cuales repercutieron en el valor de las mensualidades posteriores.

El conflicto judicial se originó a raíz de aumentos implementados por Medicus en los años 2011 y 2012 que, según determinó la justicia, no contaban con la autorización oficial de la autoridad de aplicación. Los incrementos específicos declarados ilegales corresponden a un 9,5% aplicado sobre la cuota con vencimiento el 12 de diciembre de 2011 y a otro del 5% reflejado en la factura del 10 de mayo de 2012.

La demanda fue impulsada por un afiliado, Lucas Augusto Adamoli, y tramitada en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal Nro. 4, a cargo del juez José Luis Cassinerio. El expediente lleva el número 4279/2017.

La sentencia establece que Medicus S.A. deberá reintegrar a los afiliados de la época de los aumentos no autorizados las sumas que surjan de la diferencia entre el monto facturado con posterioridad a diciembre de 2011 y el monto que debía efectivamente abonarse sin esos incrementos.

Además de la diferencia en las cuotas, el fallo dispone que el reintegro deberá incluir intereses calculados desde la fecha en que se efectuó cada cobro indebido. La tasa de referencia para el cálculo de estos intereses es la tasa activa vencida que percibe el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento a treinta días.

En cuanto a la modalidad de la devolución, la resolución judicial diferencia entre los afiliados actuales y los ex afiliados. Para aquellos beneficiarios que aún se encuentran afiliados a Medicus S.A., la suma a compensar será acreditada mediante notas de crédito en las sucesivas cuotas de afiliación. En el caso de los ex afiliados, deberán acreditar su vinculación con la prepaga durante el período afectado en la causa judicial para que Medicus efectúe el reintegro correspondiente.

Desde Medicus, fuentes de la empresa consultadas por la prensa confirmaron el fallo y señalaron que el aumento cuestionado había sido autorizado verbalmente en su momento por el entonces Secretario de Comercio, Guillermo Moreno, pero que dicha autorización no se habría materializado formalmente, calificando esto como una "desprolijidad del Estado". Expresaron que nadie en el sector movía precios sin esa autorización verbal. Medicus considera que este tipo de casos, que surgen de pleitos personales y se convierten en "acciones de clase", son un "disparate" y generan "cifras potencialmente millonarias que podrían volverse impagables. La compañía estima que unas 10 mil personas estarían en condiciones de ser compensadas. Asimismo, atribuyeron la gestión del caso en ese momento a la anterior conducción de la empresa, señalando que la parte probatoria ya había concluido cuando la actual gestión tomó el control, impidiendo citar a Moreno como testigo.

La sentencia ya está firme, por lo que la empresa procederá a realizar la devolución ordenada.


Esta publicación es un breve artículo informativo, no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.

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