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domingo, 12 de marzo de 2023

Fallo clave de la Corte Suprema: resolvió que la prescripción de las multas tributarias es de dos años



La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Tierra del Fuego que había desestimado un planteo de la empresa Alpha Shipping contra la imposición de multas tributarias de la que había sido objeto por parte de la administración provincial. Con el voto de los jueces Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti el máximo tribunal consideró que debe aplicarse al caso la prescripción de dos años a las multas tributarias de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 inciso 4 del Código Penal.

La causa se inició por una demanda que promovió la empresa Alpha Shipping contra la provincia de Tierra del Fuego con la finalidad de que se declare la nulidad de los actos administrativos que determinaron una deuda de impuestos a los Ingresos Brutos y la imposición de multas. La accionante planteó además la inconstitucionalidad de uno de los artículos del Código Fiscal provincial que establece en 5 años el plazo de prescripción de la pena de multas a diferencia de los 2 años que dispone el Código Penal.

En su presentación, la sociedad comercial recordó que la Corte Suprema le había asignado naturaleza penal a la sanción de multa prevista en las distintas legislaciones por incumplimientos en el pago de tributos. En el fallo la Corte consideró que “la sanción aplicada a la actora –cuya prescripción aquí se persigue‒ es de carácter penal pues, “‘si bien puede existir en los casos de multas un interés de tipo fiscal en su percepción, esto no altera su naturaleza principalmente punitiva’, de donde se deriva la aplicabilidad a la materia de los principios del derecho penal,”.

En el voto mayoritario los jueces Rosenkrantz, Maqueda y Lorenzetti recordaron que en el precedente “Lázaro Rabinovich” que la prescripción de la acción para imponer multas está regida por el Código Penal, no obstante lo que puedan disponer al respecto las leyes provinciales que no pueden reglamentar sobre ese punto -la aplicación de multas- sin violar la Constitución Nacional. Asimismo recordaron que esa doctrina fue ratificada por la Corte en la causa “Filcrosa”.

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lunes, 6 de marzo de 2023

El presidente de FORES calificó de patético el discurso de Alberto Fernández en la apertura de sesiones ordinarias del Congreso

El Foro de Estudios sobre la Administración de Justicia (FORES) cuestionó el discurso del Presidente Alberto Fernández en la apertura de sesiones ordinarias del Congreso. La entidad señaló que los agravios presidenciales al Poder Judicial demuestran desconocimiento de la Constitución Nacional.

Infobae dialogó con Alfredo Vítolo, presidente de FORES, quién dio su opinión sobre los dichos del Jefe de Estado.

¿Cuál es su impresión sobre el discurso del Presidente Alberto Fernández contra la Corte Suprema?

- Fue patético. La verdad es muy difícil de calificar porque transformó lo que es una acto institucional en un acto partidario no solamente con ataques a la independencia judicial, sino con una serie de groseros errores que un estudiante de primer año de la universidad de Derecho no cometería. Señalando que la Corte es la responsable de todos los males del mundo. Es grave la actitud del Presidente.

¿Considera que hicieron bien los Ministros de la Corte en ir al Congreso? ¿Se deberían haber levantado cuando empezaron los agravios?

- Yo creo que sí. Creo que demostraron que el espíritu republicano va más allá de las personas que ocupan un cargo temporalmente en un acto institucional. La apertura de sesiones del Congreso es un acto mandado por la Constitución y la presencia de los tres poderes del Estado en ese momento. O sea, el Congreso reunido, las dos cámaras en asamblea legislativa, el Presidente de la Nación y la Corte Suprema están mostrando el funcionamiento de los tres poderes de gobierno. Por lo tanto yo creo que hicieron muy bien y habla muy bien del espíritu republicano de los jueces que se aguantaron, más allá de la teatralización que hizo la Televisión Pública de mostrarlos cada vez que había referencia a ver si tenían alguna reacción. Yo creo que hicieron perfecto en ir.

¿Qué consecuencias institucionales cree que puede generar este embate tan fuerte contra la Justicia?

- Creo que no hace sino seguir reflejando el problema en el que estamos viviendo, o sea, la destrucción desde el gobierno de instituciones de la República, es decir, el ataque simplemente porque no estoy de acuerdo con una sentencia, que puede ser mejor o peor. A mi me puede gustar más o menos la sentencia pero la sentencia tiene un camino, tiene un procedimiento, pero atacar a los jueces por una sentencia que puede ser debatible en sus contenidos e intentar hacerlos blanco y responsables de los males de la República Argentina…además con falsedades porque el 80 por ciento de las cosas que dijo el presidente respecto de lo que dice el Poder Judicial son falsedades. Ni el Poder Judicial tiene la culpa de la coparticipación, ni el Poder Judicial tiene la culpa de la inflación, ni el Poder Judicial tiene la culpa de la pandemia. Lo único que hace con esto es agravar una situación crítica en la que estamos en la República Argentina. En este momento lo que necesitamos es, por el contrario, restablecer la unión nacional que va más allá de los partidos políticos.

Leé la entrevista completa en infobae

martes, 21 de febrero de 2023

La Asociación Cristiana de Dirigentes de Empresa pidió que se respete la independencia de la Corte Suprema


La Asociación Cristiana de Dirigentes de Empresa (ACDE) manifestó a través de un comunicado que ve con muchísima preocupación como continúa el ataque del Poder Ejecutivo a los integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación por no estar de acuerdo con sus fallos.

En diálogo con Infobae, el presidente de la entidad empresarial, Gonzalo Tanoira, se refirió al embate del gobierno contra el máximo tribunal.

- ¿Cuál es la postura de la asociación que usted preside sobre el juicio político a la Corte Suprema?

- No es la primera vez que nos manifestamos, nosotros ya nos hemos manifestado en el pasado, tanto desde la Asociación Cristiana de Dirigentes de Empresa como desde el Foro de Convergencia que es una entidad que agrupa a más asociaciones y a la cual pertenecemos. Y no es la primera vez, pero bueno, a medida que sigue el tema en el tapete y la Comisión de juicio político avanza en la Cámara de Diputados nosotros vemos cada vez con más preocupación esto que está pasando. Porque por un lado todo el mundo se da cuenta que esto es por causa de un fallo, que el Gobierno no está de acuerdo con un fallo que tiene que ver con la repartición de los fondos nacionales y por ese fallo, al no estar de acuerdo toma como represalia enjuiciar a los miembros de la Corte. Nosotros consideramos que eso es de una gravedad institucional enorme porque pone en duda todo el sistema judicial argentino.

El día de mañana yo puedo pasar un semáforo en rojo y digo que estoy en desacuerdo con el fallo que me aplique un juez. Entonces con qué autoridad la justicia va a fallar si una de las partes -el Gobierno Nacional- desoye un fallo y toma como represalia enjuiciar a los jueces. Así que nosotros ya lo hemos dicho en varias oportunidades, nos pareció que era oportuno hacer un llamado más porque, además de todo esto, lo que está pasando es que se está paralizando el Congreso. En las sesiones extraordinarias se paralizó el Congreso porque todos sabemos que hasta que no se resuelva esto de la Comisión de juicio político la oposición decidió que no va a apoyar ningún proyecto.

Entonces la verdad es que como empresarios, como asociación cristiana, como como parte de la sociedad civil, digamos, vemos con muchísima preocupación que habiendo tantos asuntos graves y tantos problemas en el país tengamos un congreso paralizado a causa de unas cuestiones partidarias que vienen de cómo se reparten la plata adentro de los gobiernos, si va para la oposición o si va para un distrito que está gobernado por el gobierno o la oposición. En este caso la provincia de Buenos Aires o la ciudad de Buenos Aires. Para resumir estamos muy preocupados y vemos que el país tiene tiene grandes problemas y el Congreso debería estar avocado a resolver estos problemas.

Gonzalo Tanoira, presidente de la Asociación Cristiana de Dirigentes de Empresa


- ¿Esta situación afecta el clima de negocios, la generación de puestos de trabajo, las inversiones que puedan realizar las empresas?

- Totalmente porque un inversor cuando tiene que traer plata de afuera, sea un inversor argentino o un inversor extranjero que tiene que tomar la decisión de arriesgar la plata en el país lo primero que mira es cómo funciona la Justicia. Si esos fondos que va a traer están a salvo de los grupos de poder, en este caso el Gobierno Nacional, gobiernos provinciales…si le van a subir los impuestos, si le van a cambiar las reglas de juego. Y esto básicamente es un cambio de las reglas de juego, el Gobierno Nacional tratando de hacer juicio político para cambiar la Corte Suprema de Justicia para poner una Corte que le sea favorable. Entonces a buen entendedor pocas palabras, o sea, esto es claramente un cambio de reglas de juego y afecta muchísimo al espíritu emprendedor y al espíritu inversor de inversores tanto argentinos como extranjeros.

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domingo, 19 de febrero de 2023

Por qué el tribunal no aplicó la reclusión por tiempo indeterminado a las condenadas por el homicidio de Lucio Dupuy



El Tribunal integrado por la jueza Alejandra Ongaro y los jueces Daniel Sáez Zamora y Andrés Olié que condenó a Magdalena Espósito Valenti y a Abigail Pérez a la pena de prisión perpetua por haber asesinado a Lucio Dupuy no hizo lugar a los pedidos de la fiscalía y de la querella de agregarle a la pena la accesoria por tiempo indeterminado.
El artículo 52 del Código Penal establece que se aplicará la reclusión por tiempo indeterminado como accesoria de la condena en los casos de reincidencia múltiple, y en el primer párrafo del artículo 80, en donde está tipificado el homicidio agravado, faculta al juez a imponer la mencionada accesoria. El pasado 13 de febrero en la audiencia de debate sobre la pena tanto los representantes del Ministerio Público Fiscal Verónica Ferrero y Maximiliano Paulucci, como la querella pidieron que se condene a las asesinas de Lucio a prisión perpetua más la accesoria por tiempo indeterminado.
El abogado querellante Mario Aguerrido adhirió al pedido de la fiscalía y amplió los argumentos que -en su opinión- hacían aplicable la reclusión por tiempo indeterminado señalando como antecedentes los casos de Arquímedes Puccio y el de los “doce apóstoles” de Sierra Chica. Sostuvo que esa pena se impone en los casos extremadamente graves en los que los grados de reproche y culpabilidad son muy altos. Asimismo consideró que debía tenerse en cuenta la conducta posterior al delito de Abigail Páez quien sostuvo una estrategia basada en la mentira, que además -según afirmó- no mostró un arrepentimiento concreto y al igual que Magdalena Espósito Valenti.
También mencionó los motivos que las impulsaron a delinquir, la naturaleza del hecho, las circunstancias que lo rodean y la extensión del daño que excede a Lucio Dupuy y se manifiesta en toda su familia, además de la conmoción que el hecho ha generado a partir de las características de la víctima y sus victimarias. Sin embargo, el tribunal se negó a aplicar la reclusión por tiempo indeterminado como accesoria de la pena de reclusión perpetua que le impusieron a las asesinas de Lucio Dupuy.
El juez Andrés Olié en su voto -al que adhirieron los otros dos magistrados- citó el fallo Gramajo en el que la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional tal pena para los casos de reincidentes múltiples pero no para los homicidios agravados. No obstante, el magistrado señaló que “ello no impide tener en cuenta la doctrina que del fallo emana, no ya para examinar la constitucionalidad de la figura, sino la pertinencia de su aplicación, en tanto el artículo 80 del C.P. la refiere como una medida potestativa para los jueces”. Y agregó citando uno de los considerandos de ese precedente “el delito -por más grave que sea- no puede ser castigado con una pena de encierro perpetuo ‘un precio demasiado alto, que ni siquiera deben pagar quienes han cometido los delitos más graves de nuestro ordenamiento penal’.”

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Ordenan indemnizar a un trabajador que había sido despedido por insultar a su jefe durante una videoconferencia

 

La Sala Laboral de la Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay revocó una sentencia de primera instancia y ordenó indemnizar a un empleado que había sido despedido por insultar a un superior jerárquico durante una videoconferencia. El hecho ocurrió a pocos meses de haber comenzado la pandemia por COVID-19, en junio de 2020, durante una reunión de trabajo mantenida a través de la plataforma TEAMS entre un empleado de una empresa dedicada al desarrollo de software y su jefe.

En esas circunstancias frente a un pedido para que realice una determinada tarea el trabajador dijo “por qué no te vas a la mierda…yo tengo que dejar siempre lo que estoy haciendo por los demás”. “Quiero que hagas eso que te pasé y que esté a más tardar para el viernes”, respondió el superior jerárquico. Lejos de deponer su actitud, el trabajador -que luego fue despedido- contestó “chupame la p…, vení a decírmelo en la cara a ver si sos tan guapo ¿querés que vaya a tu casa?”.

A raíz de este incidente la empresa decidió terminar con la relación laboral y se lo notificó mediante una carta documento. El empleado despedido inició una demanda en el fuero laboral que fue rechazada en primera instancia. Contra este fallo interpuso un recurso de apelación y la Cámara le dio la razón parcialmente ordenando a la empresa en donde trabajaba a que le pague una indemnización de 12 millones de pesos. En el expediente quedaron acreditados los insultos por medio de una pericia informática pero la Sala Laboral se avocó a analizar si la actitud protagonizada por el empleado despedido, de nombre Gastón, constituía un hecho de entidad suficiente que impida la prosecución del vínculo.

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