Fallo clave de la Corte Suprema: resolvió que la prescripción de las multas tributarias es de dos años

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domingo, 12 de marzo de 2023

Fallo clave de la Corte Suprema: resolvió que la prescripción de las multas tributarias es de dos años



La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Tierra del Fuego que había desestimado un planteo de la empresa Alpha Shipping contra la imposición de multas tributarias de la que había sido objeto por parte de la administración provincial. Con el voto de los jueces Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti el máximo tribunal consideró que debe aplicarse al caso la prescripción de dos años a las multas tributarias de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 inciso 4 del Código Penal.

La causa se inició por una demanda que promovió la empresa Alpha Shipping contra la provincia de Tierra del Fuego con la finalidad de que se declare la nulidad de los actos administrativos que determinaron una deuda de impuestos a los Ingresos Brutos y la imposición de multas. La accionante planteó además la inconstitucionalidad de uno de los artículos del Código Fiscal provincial que establece en 5 años el plazo de prescripción de la pena de multas a diferencia de los 2 años que dispone el Código Penal.

En su presentación, la sociedad comercial recordó que la Corte Suprema le había asignado naturaleza penal a la sanción de multa prevista en las distintas legislaciones por incumplimientos en el pago de tributos. En el fallo la Corte consideró que “la sanción aplicada a la actora –cuya prescripción aquí se persigue‒ es de carácter penal pues, “‘si bien puede existir en los casos de multas un interés de tipo fiscal en su percepción, esto no altera su naturaleza principalmente punitiva’, de donde se deriva la aplicabilidad a la materia de los principios del derecho penal,”.

En el voto mayoritario los jueces Rosenkrantz, Maqueda y Lorenzetti recordaron que en el precedente “Lázaro Rabinovich” que la prescripción de la acción para imponer multas está regida por el Código Penal, no obstante lo que puedan disponer al respecto las leyes provinciales que no pueden reglamentar sobre ese punto -la aplicación de multas- sin violar la Constitución Nacional. Asimismo recordaron que esa doctrina fue ratificada por la Corte en la causa “Filcrosa”.

Leé la nota completa en infobae     


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