Ruta del Dinero K: la Corte Suprema desestimó los recursos interpuestos por Lázaro Báez y quedó firme la condena del empresario por lavado de activos

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jueves, 29 de mayo de 2025

Ruta del Dinero K: la Corte Suprema desestimó los recursos interpuestos por Lázaro Báez y quedó firme la condena del empresario por lavado de activos


La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó los recursos de queja presentados por Lázaro Báez y otros imputados en la causa conocida como "Ruta del Dinero K", dejando firme la condena a 10 años de prisión para el empresario por lavado de activos de más de 55 millones de dólares entre 2010 y 2013. La resolución, respaldada por los ministros Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y los conjueces Mariano Lozano y Ramón González, marca un hito en uno de los casos de corrupción más resonantes de Argentina, consolidando la sentencia del Tribunal Oral Federal (TOF) 4 y la Cámara de Casación Penal. Sin embargo, el juez Carlos Rosenkrantz disintió, proponiendo que se consultara al Procurador General antes de resolver.

La causa, iniciada en 2013 tras un informe periodístico que reveló operaciones en la financiera SGI ("La Rosadita"), investigó una compleja red de lavado de dinero liderada por Báez, vinculada a Austral Construcciones, empresa beneficiada con licitaciones de obra pública. La Justicia determinó que los fondos provenían de maniobras de evasión fiscal y facturas apócrifas, aunque no se comprobó su relación directa con el caso Vialidad, donde Cristina Kirchner también está condenada. Las condenas, que incluyen a Martín Báez (6 años y 6 meses), Jorge Chueco, Daniel Pérez Gadín (6 años), y otros implicados, quedaron firmes tras el fallo, que aplicó el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial para declarar inadmisibles los recursos por cuestiones formales.

El proceso judicial de Báez ha sido largo y complejo. Detenido en 2016, pasó de la prisión en Ezeiza al arresto domiciliario en 2020, donde permanece con tobillera electrónica. La defensa, liderada por Juan Villanueva, argumentó que la condena se basó en la aplicación retroactiva de la Ley 26.683 sobre autolavado, no vigente al momento de los hechos. Sin embargo, tanto el TOF 4 como la Casación desestimaron este planteo, considerando que los delitos ocurrieron bajo la legislación actual. La Corte, al rechazar la queja, cerró esta discusión, consolidando la sentencia.

Estado actual y continuación del proceso

Con las vías recursivas agotadas, el TOF 4 debe ahora ejecutar la sentencia. Esto implica recalcular las penas, considerando el tiempo que los condenados ya estuvieron presos. Para Báez, que cumple arresto domiciliario en El Calafate, el tribunal evaluará si debe volver a prisión. Otros imputados, como Martín Báez, excarcelado desde 2023, podrían enfrentar detenciones si sus penas superan los tres años, tras un análisis de su situación de salud. Además, se ordenó el decomiso de 54,8 millones de dólares y multas a empresas involucradas, un paso clave en la recuperación de activos ilícitos.

En paralelo, la situación de Cristina Kirchner en esta causa sigue en etapa de instrucción. Aunque fue sobreseída por el juez Sebastián Casanello, la Cámara Federal revocó esa decisión tras aceptar a la ONG Bases Republicanas como querellante. La Corte también desestimó recursos de Kirchner contra esta reapertura y los jueces intervinientes, por no dirigirse contra una sentencia definitiva. Actualmente, se analizan pruebas, como un audio donde Báez menciona que su dinero era de alguien "de arriba" y un estudio contable para determinar si los fondos tuvieron como destino a Kirchner o sus allegados.

Este fallo refuerza la jurisprudencia sobre delitos de lavado y podría influir en la causa Vialidad, donde Kirchner enfrenta una condena de seis años. La decisión de la Corte, aunque técnica, tiene un fuerte impacto político, al consolidar un precedente contra la corrupción kirchnerista. Mientras tanto, el TOF 4 tiene la tarea de garantizar el cumplimiento de las pena.

Esta publicación es un breve artículo informativo, no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.

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