“Brasil no reconoce a Hezbollah como grupo terrorista y eso ya es un problema”

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jueves, 2 de septiembre de 2021

“Brasil no reconoce a Hezbollah como grupo terrorista y eso ya es un problema”


Este jueves 2 de septiembre se llevará a cabo la segunda jornada del ciclo de conferencias “El Combate de la Financiación del Terrorismo en el Cono Sur” organizado por el Centro de Estudios sobre Seguridad Hemisférica, Terrorismo y Criminalidad Financiera (CESH) de la Universidad de Buenos Aires junto con la Fundación de Investigaciones en Inteligencia Financiera (FININT) y con el auspicio de Infobae.

En esta jornada disertará Bernardo Machado Mota, presidente del Instituto de Prevenção á Lavagem de Dinheiro e ao Financiamento ao Terrorismo do Brasil quien expondrá sobre “Los dispositivos institucionales de Brasil para combatir la financiación del terrorismo”. Infobae dialogó con el especialista quien anticipó detalles de su conferencia.

- Ud. va a disertar sobre los dispositivos institucionales para combatir la financiación del terrorismo ¿cuál la actual situación de Brasil en esa materia?

- No se si tú sabes, Brasil tardó muchísimo en tener una ley. Es algo que empieza como algo trágico y luego se vuelve en algo que para mí es mejor, el resultado es mejor que cuando empezamos a discutir eso. Lo que pasa es que la gente acá, no solamente en Brasil, creo que en Latinoamérica, en muchos países tenían esa visión de que estaríamos aislados del mundo sobre el tema terrorismo, y eso me parece una falacia muy grande. ¿Por qué? Porque, obviamente, sí es verdad que sacando un poco Perú que tenía un terrorismo local con Sendero Luminoso, Tupac Amaru, y las FARC colombianas, si uno quiere definirlas como grupo terrorista o guerrilleros o narcoterroristas, si sacamos estos dos países Latinoamérica no era un ambiente muy propicio a actos terroristas porque los últimos actos van mucho en la línea, digamos, extremismo religioso mezclado con un poco de política pero más religioso, creo que nosotros no tuvimos este problema acá, especialmente de los islámicos. Entonces se creía que estábamos aislados del mundo, que acá era un paraíso, que no teníamos terrorismo. Es media verdad porque de hecho al final se ve que el terrorismo se financia y mucho de lo que se hace en el mundo, los hechos demostraron que realmente la financiación del terrorismo viene de un lado donde generalmente no ocurre el acto terrorista, la financiación viene de otro lugar. Y estos lugares incluyen todos los países del mundo, puede ser Brasil, puede ser Argentina, puede ser cualquiera. O sea, teníamos que tener una visión un poco más financiera, de como se financian los grupos terroristas. Por ejemplo, el caso de los atentados en los Juegos Olímpicos de Munich, en 1972, fue un acto terrorista practicado por un grupo palestino contra la delegación de Israel.

¿Qué tenía que ver Alemania en eso? Nada, era solamente el escenario. Alemania fue el escenario simplemente porque era el país donde se desarrollaba un evento deportivo mundial, o sea, el mundo estaba mirando a Alemania en ese momento y obviamente el impacto de eso sería muy grande. Simplemente por eso, Alemania no tenía nada que ver con eso. Eso para decir que ningún país de ningún lado está aislado del mundo, puede ser el origen de una preparación de un acto terrorista, puede ser el escenario, puede ser el objetivo. Por ejemplo el atentado del 11 de septiembre, Estados Unidos era el objetivo final, se cometió ahí el acto porque el objetivo era atacar Estados Unidos. En el caso del atentado en Alemania en 1972 era el escenario. Pero ¿de dónde venía el dinero? Ahí está el punto, Brasil tardó mucho en tener esa conciencia de que la financiación del terrorismo puede venir de cualquier lado incluso del mismo Brasil. El tema era un tabú político muy fuerte. Nosotros tenemos una ley del año 1983, es decir en un contexto político completamente diferente del de hoy. Era un contexto político de dictadura militar, era la ley de seguridad nacional. Había un artículo ahí que decía “formar o establecer grupos paramilitares armados”, esa era la definición que teníamos de terrorismo. Y la de financiación era otro artículo que decía “mantener grupos armados paramilitares o subversivos”. O sea, el contexto político era malo y nosotros en Brasil creíamos que esa ley serviría para definir no solamente el terrorismo sino la financiación del terrorismo, algo que GAFI llegó a la conclusión que no, no estaba de acuerdo con los estándares internacionales. Estamos hablando específicamente de la Convención de las Naciones Unidas de 1999. Brasil tenía una ley del año 1983 donde las autoridades creían que era una ley que definía el terrorismo y la financiación del terrorismo como delitos penales, pero no, GAFI concluyó que no. Ahí comenzó la movilización no solamente política de las autoridades sino de entidades privadas y de todos los que estaban involucrados con este proceso de evaluación donde nadie quiere estar en los listados de GAFI porque el impacto financiero-económico es muy grande para un país que está mal y Brasil comenzó las discusiones para tener una ley que estuviera de acuerdo con los estándares internacionales.

Había un tabú político porque de todas formas asimilábamos a la ley de seguridad nacional donde el momento político era diferente, o sea, serían actos subversivos contra el gobierno cualquier movimiento en ese sentido podía ser interpretado como acto terrorista. Por ese motivo cuando llegaban las discusiones con los movimientos sociales y con los partidos de izquierda era muy difícil poner eso en la agenda del Congreso. Decían “no, esa es una agenda gringa, eso es una presión de GAFI, Brasil no tiene problemas con eso, si vamos a tener una ley de terrorismo y financiación del terrorismo van a incluir a los movimientos sociales.” Eso porque tenían la visión del otro momento, cuando se sancionó la otra ley, por eso se tardó muchísimo. La ley de Brasil que tipifica el terrorismo y la financiación del terrorismo fue aprobada recién en el año 2016. Y la otra ley, porque eran dos leyes que Brasil tenía que presentar ante el GAFI, para evitar el impacto financiero en el país, era para imponer las medidas para disponer el congelamiento de los bienes del terrorismo, salió en el 2019. Es decir, estamos hablando de una ley que tiene dos años y la otra poco más de cinco años, o sea, son leyes muy jóvenes pero la ventaja de eso es que pudimos corregir todos los errores que los países cometieron. O sea, cuál sería la definición, cuál sería las conductas, cuáles serían los tipos, los verbos típicos. Entonces se tuvo la oportunidad, por ser una ley que se aprobó más tarde, de que tenga los términos y los estándares un poco más actualizada. De hecho la ley que tenemos hoy, es una ley que yo considero que es buena, no voy a decir que está perfecta pero está buena frente a los estándares internacionales. No solamente la ley de financiamiento del terrorismo sino la ley sobre el congelamiento de bienes. Cometimos errores pero por lo menos tuvimos al final dos leyes que yo puedo decir que son buenas. Obviamente tener una ley en el papel está lindo pero ¿cómo la aplicamos y cuándo la aplicamos? Todavía no se aplicó, creo que no hay ningún caso de aplicación de esa ley, la de financiamiento del terrorismo. En Brasil aún no hay ningún caso. Puedes decir “pero ¿por qué? Porque no se comprendió bien lo que hay que hacer”, sí puede ser, pueden ser muchas cosas pero creo que ha pasado muy poco tiempo para tener una evaluación completa de la situación. Tenemos ahora buenas leyes pero todavía no se la ha aplicado todavía. Eso para empezar.

- El año pasado se conoció una información sobre una modificación de la legislación que estableció que el Consejo de Control de Actividad Financiera no podía reportar operaciones sobre terrorismo. ¿Esto es así? y si es así ¿le puede traer alguna consecuencia a Brasil ante el GAFI?

- En esa época yo trabajaba en el Consejo, que es la UIF de Brasil, y participé en la elaboración del anteproyecto. Lo que se preveía era mejorar las funciones de la unidad de inteligencia financiera. En uno de los artículos de ese anteproyecto la idea era poner una competencia que no existía en la ley vieja que sigue vigente, pero se aprobó una nueva ley adicionando más competencias a la unidad. Una de ellas era que la UIF tenía el poder de manejar y elaborar informes de inteligencia financiera que estén vinculados con lavado de activos, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación masiva de armas de destrucción masiva pero cuando llegó al Congreso algunos congresistas generaron una discusión donde creían que la UIF debía estar dedicada solamente al lavado. El financiamiento del terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva no deberían estar incluídos como facultad de la UIF porque -según dijeron- no es una tradición legislativa meter más cosas de las que ya se habían establecido en la ley anterior. Esa ley no sacaba las funciones de la ley vieja, es decir la UIF de Brasil, la COAF, tiene dos leyes que establecen sus competencias. La más nueva, la que fue más polémica y que fue objeto del estudio del Financial Times, fue cambiada, el Congreso finalmente sacó el financiamiento del terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva, y dejó solamente el lavado. Eso creo que fue un mal manejo político de los partidos que apoyan al gobierno. Yo no estuve en el Congreso para negociar esta parte pero yo hubiera sugerido que saquen también lavado de activos y que quede solamente “manejar y elaborar inteligencia financiera”, punto, pero dejaron lavado de activos y sacaron financiamiento de terrorismo y de proliferación lo que generó esa interpretación. El departamento jurídico del Banco Central con el que la UIF está vinculada, trató de que eso no afectara las competencias de la UIF de recibir información y trabajar información sobre financiación de terrorismo y financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva porque la ley establece las competencias de la UIF sin perjuicio de la ley anterior que trata de otras competencias, y la ley anterior dice que la UIF puede recibir y analizar información de los delitos previstos en esa ley como lavado de activos y de cualquier otro delito.

O sea, de alguna manera hay una posibilidad que creo, por interpretación, que la ley vieja un poco balancea esa falta que se cometió en la ley nueva. Esto te lo estoy diciendo de una manera interpretativa, el Financial Times tuvo otra interpretación más legalista. La interpretación del departamento jurídico del Banco Central llegó a la conclusión de que pese a que se sacaron del texto de la nueva ley esas competencias la otra ley, la vieja, garantiza de alguna forma la posibilidad de que la UIF trabaje el tema de la financiación del terrorismo aunque la norma nueva no lo garantice expresamente. Sobre tu pregunta sobre si Brasil puede tener un problema, sí Brasil puede tener un problema. Como es interpretativo el GAFI puede interpretar que la UIF no puede reportar operaciones de financiación del terrorismo. Esto porque si en el anteproyecto estaba esa competencia y la sacaron es porque fue una decisión conciente de sacarla y si es una decisión conciente y se aprobó la ley sin esta parte, se puede interpretar que la UIF no puede reportar operaciones de financiación del terrorismo. Sin embargo, conociendo como se aplica la ley acá en Brasil yo tendría una postura intermedia, creo que sí existe la posibilidad de reportar operaciones de financiación de terrorismo, pero entiendo que sí puede generar una posibilidad de que se interprete que no se puede y eso sólo lo sabremos cuando GAFI venga a Brasil y tenga su visión de lo que pasó. En su momento tuve contactos con representantes de la embajada de Estados Unidos que me preguntaban porque ellos conocían el texto del anteproyecto, o sea, ellos sabían que se sacó la expresión “financiamiento del terrorismo”, es decir sabían que hubo una negociación en el Congreso para sacar eso del texto. Para mi es un tema que aún no es pacífico, entiendo la interpretación del Financial Times, no creo que sea cien por ciento correcta pero tampoco mi interpretación es cien por ciento correcta. Estoy basado en la visión del departamento jurídico del Banco Central pero para mí no hay una garantía que nuestra interpretación sea la correcta. Creo que es un buen tema para discutir. Ahí los juristas pueden discutir si no está escrito no se puede hacer, es una manera muy conservadora y muy interesante, es así. El principio del derecho público en Brasil es que una entidad que está establecida por ley, que tiene sus competencias establecidas por ley, sólo puede hacer lo que está expresamente dicho en la ley. Es diferente del privado que puede hacer todo lo que no está prohibido, en el derecho público sólo se puede hacer lo que está expresamente dicho. Es un debate jurídico interesante.

Leé la nota completa en infobae

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