Sucesiones: cómo es el proceso ante escribano público que incluyó el gobierno en la ley ómnibus

Main Posts Background Image

Main Posts Background Image

domingo, 31 de diciembre de 2023

Sucesiones: cómo es el proceso ante escribano público que incluyó el gobierno en la ley ómnibus


El proyecto de Ley Ómnibus presentado por el Gobierno establece un nuevo proceso para las sucesiones. La novedad es que el trámite salga de la esfera de los estrados judiciales y se realice ante un escribano público sin alterar la obligación de que las partes intervengan con patrocinio letrado, es decir, asesorados por un abogado.

Según la iniciativa enviada al Congreso, los sucesores y el cónyuge del causante pueden optar por hacer la sucesión ante un juez como es hasta ahora o ante escribano público en los casos en que no exista controversia alguna entre ellos. Este procedimiento será aplicable para las sucesiones en las que no exista testamento y para aquellas en las que el causante hubiera otorgado testamento por acto público.

En caso de que en cualquier etapa del proceso surgiera alguna controversia, el escribano interviniente deberá suspender de inmediato su actuación y remitir el expediente al juez competente en un plazo no mayor a 10 días hábiles.

En el ejercicio de las facultades que le otorga la ley -en caso de aprobarse- el escribano interviniente podrá requerir a las reparticiones públicas todos los informes que sean necesarios para el trámite de la sucesión. Quien se considere con derechos a iniciarla puede hacerlo con el patrocinio de un abogado, ante el escribano público que elija libremente o ante el Colegio Notarial del lugar que corresponda según el último domicilio del causante.

En caso de seleccionar la última opción, el escribano se designará de un listado de carácter público que cada Colegio deberá confeccionar, por orden alfabético, cada año calendario. El interesado podrá recusar sin necesidad de expresión de causa y por única vez al profesional designado, en cuyo caso se designará al siguiente en la nómina.

Leé la nota completa en infobae

No hay comentarios

Publicar un comentario

Error 404

The page you were looking for, could not be found. You may have typed the address incorrectly or you may have used an outdated link.

Go to Homepage