La Corte Suprema dejó firme un fallo que ordenó que los contratos en dólares deben pagarse en esa moneda

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viernes, 22 de diciembre de 2023

La Corte Suprema dejó firme un fallo que ordenó que los contratos en dólares deben pagarse en esa moneda


La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme un fallo en el que se ordenó que un préstamo pactado en dólares debe pagarse en esa divisa. Los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti rechazaron por inadmisible un recurso de queja interpuesto por uno de los demandados y de esta manera adquirió firmeza una decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.

La presentación había sido hecha por uno de los deudores contra una sentencia de la Sala C del tribunal de segunda instancia que confirmó una decisión de primera instancia en un proceso de ejecución hipotecaria por la falta de pago de un mutuo (préstamo) por parte del deudor que había contraído esa obligación para la compra de la totalidad del paquete accionario de la empresa “Doribal S.A.” cuyo activo estaba integrado por una estancia de 10.700 hectáreas ubicada en la provincia de La Pampa y su explotación.

El préstamo para la compra de la empresa fue acordado el 2 de octubre de 2014 y en una de las cláusulas del contrato se estableció que todos los importes serían abonados en dólares billetes estadounidenses, por ser la moneda pactada y condición esencial de la operación. 

Para esto las partes tuvieron en cuenta la posibilidad de fluctuaciones o modificaciones de los mercados inmobiliarios y financieros, renunciaron a la llamada “teoría de la imprevisión”; y, para el caso de que se restringiera o prohibiese la utilización de la divisa estadounidense o el acceso al mercado de cambios, el comprador a opción de los vendedores debía pagar las sumas adeudadas en dólares billetes mediante transferencia bancaria o a través de la compra con pesos de bono global o cualquier otro título en dólares en una cantidad tal que liquidados en un mercado exterior y una vez deducidos los impuestos, costos y comisiones, su producido en dólares estadounidenses fuese igual a la cantidad de dicha moneda adeudada, entre otras previsiones.

Leé la nota completa en infobae

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